ADMINISTRADOR SOCIETARIO Y SU RESPONSABILIDAD

Posted by NEXUM on diciembre 14, 2013  /   Posted in Sin categoria

Las funciones de los Administradores suelen regularse en los Estatutos Sociales, o bien a través de un Pacto de Socios, en el que se le delimitarán sus funciones y la forma de ejercer su cargo. No obstante, la Ley de Sociedades de Capital, regula una serie de deberes básicos que el Administrador debe cumplir como representante de la compañía

En primer lugar, el Administrador debe desempeñar su cargo de forma diligente y defender de forma leal los intereses de la sociedad.

Un Administrador no debe utilizar el nombre de la empresa para realizar negocios por cuenta propia, ni debe aprovecharse de su cargo para realizar operaciones o negocios para beneficio propio. Además, tiene la obligación de informar a los socios de cualquier situación de conflicto, que pueda tener en relación con los intereses de la sociedad, especialmente cuando supongan una competencia para ésta.

Finalmente, el administrador debe guardar secreto de toda información confidencial de la empresa, aun después de cesar en sus funciones, por lo que no  puede comunicar a terceros ningún dato o información que pueda suponer consecuencias perjudiciales para los intereses de la empresa.

El Administrador que incumpla estos deberes inherentes a su cargo, responderá personalmente y con su patrimonio, frente a los socios de la compañía, por el daño que puedan causar.

Responsabilidad frente a terceros

La responsabilidad que pueden tener los Administradores frente a terceros o acreedores de la empresa, nace como consecuencia de su negligencia en la gestión de las obligaciones societarias.

La Ley de Sociedades de Capital establece que una sociedad se encuentra en causa de disolución, cuando ésta “acarea pérdidas que dejen reducido su patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad de su capital social”. Para evitar esta situación, la empresa debe aumentar su capital o reducirlo en la medida suficiente, siempre que no sea procedente solicitar la declaración de concurso.

En caso de que la empresa se encuentre claramente en causa de disolución, el administrador tiene la obligación de convocar en el plazo de 2 meses a la Junta General para que adopte los acuerdos que estimen convenientes, ya sea aprobar la disolución, acordar un aumento o reducción de capital o si fuera necesario acordar que se presente la solicitud de concurso de la sociedad. Si el Administrador, no llegará a cumplir con esta obligación, responderá solidariamente de las deudas frente a cualquier acreedor que adquiera la compañía de forma posterior a la causa de disolución.

Conclusión

Ser administrador de una empresa representa un compromiso serio. Los administradores representan a la compañía y gestionan su actividad diaria, en principio, no responderán nunca por los actos o deudas de la sociedad, siempre y cuando actúen de forma diligente y conforme a la Ley. Para ello, es imprescindible que los Administradores conozcan cuáles son los límites de sus funciones y  las obligaciones específicas de su cargo de conformidad a la Ley, Estatutos Sociales o, en su caso, las derivadas de un Acuerdo de Socios.


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